4.5 Gestiòn aduanal

GESTION ADUANAL




PROGRAMAS DE FOMENTO AL COMERCIO EXTERIOR

Antecedentes históricos del comercio
El comercio, combate el intercambio o intermediación, aparece como ya antes se expreso en el punto culminante de la humanidad, con las primeras organizaciones sociales, cuando el hombre advierte que le es imposible bastarse así mismo de la satisfacción de todas sus necesidades, y comienza a convivir con otros hombres para buscar mejores formas de sobre vivencia.
Al momento en que un miembro de la sociedad se dio cuenta que tenia bienes que el no necesitaba, de manera inmediata y que a su vez, otra persona era dueño de bienes que le hacían mucha falta, se propuso realizar un trueque de esos bienes con la otra, y de esa manera lograr probablemente la satisfacción de ambas necesidades.
Esta etapa de la humanidad se puede ilustrar con un ejemplo: Si un hombre del grupo social era muy hábil para manufacturar alguna arma rudimentaria para la cacería, se dedicaba a producir varias que luego intercambiaba por carne y pieles con otros hombres que eran expertos en el arte de cazar, pero que no tenían facilidad para fabricar hachas, arcos o flechas, artefactos indispensables para ello. En esta forma ambas personas satisfacían sus necesidades, sobre la base de poner en juega sus respectivas habilidades y la riqueza material producida por ellos.
En las primeras organizaciones sociales de tipo sedentario surge el pastoreo de rebaño y la agricultura, como principales actividades humanas. Se empieza a perfeccionar el trueque o intercambio de unas mercancías por otras, como una actividad cotidiana entre esos grupos sociales, ya no con la simple finalidad de satisfacer una necesidad reciproca, si no con el objetivo e llevar esos bienes, ganado y granos, a los lugares en donde eran demandados por otros grupos sociales.
Aquí aparece propiamente la operación de intermediación, es decir, el comerciante que adquiere bienes no para satisfacer una necesidad propia, sino para poner esos bienes al alcance de otro que en si experimentaba la necesidad. La primera forma por excelencia de intercambio fue el ganado (En latín pecus), y de ahí vienen los términos pecunia (que es dinero), y valor pecuniario. Este ultimo vocablo tiene hasta la fecha un uso corriente. Mas tarde cuando aparece el dinero como instrumento de cambio por excelencia, el comercio se consolido y tubo un desarrollo significativo en el mundo antiguo
En la era del mercantilismo surgieron los más importantes tratadistas llamados clásicos del comercio internacional: David Humee, David Ricardo, Adam Smith, entre otros estos autores atribuyeron a esta actividad una gran importancia, no solo económicamente sino también en cuanto a política y temas jurídicos. Los mercantilistas consideraron que el individuo debería estar subordinado por el Estado, a fin de que los recursos se explotaran preferentemente a favor de éste.
Estos autores con sus idea y sus teorías, contribuyeron a la creación de la llamada teoría clásica del comercio internacional, que tanta influencia ejerce aún, sobre este importante tema económico.

Programas
Son algunos de los programas en comercio exterior que se utilizan en México para apoyar dicho comercio entre ellos podemos encontrar:
·        LA INDUSTRIA MAQUILADORA EN MÉXICO
Durante más de 35 años de operación en México, la Industria Maquiladora ha recibido por parte del Gobierno Federal una atención permanente a fin de favorecer el desarrollo de sus actividades. Varios han sido los factores que han propiciado el establecimiento y crecimiento de la industria maquiladora de exportación en México, destacando el apoyo del Gobierno Federal a las actividades mediante el otorgamiento de estímulos para la importación temporal sin pago de impuestos de importación, del impuesto al valor agregado y, en su caso, de las cuotas compensatorias, de las materias primas y maquinaria y equipo para la realización de sus operaciones; no existen restricciones sectoriales para su funcionamiento; se inscriben en un campo abierto 100% al capital extranjero, y permitir su instalación y operación en cualquier lugar de la República Mexicana. El proceso de simplificación administrativa establecido a través del sistema informático SICEX-Maquila, ha permitido facilitar los trámites de la Industria Maquiladora.
Las políticas de fomento y operación implementadas por el gobierno de México han permitido que la industria maquiladora se haya convertido en el factor más dinámico dentro de la industria nacional durante los últimos años.
·        PROGRAMA DE IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PRODUCIR ARTÍCULOS DE EXPORTACIÓN
Con la intención de apoyar el esfuerzo de las empresas productoras mexicanas por alcanzar los mercados internacionales ofreciendo calidad, servicio y precio competitivos en un contexto global, el Gobierno Federal implementó el Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación, el cual otorga facilidades para promover el crecimiento de la industria nacional, fomentar la capacitación y desarrollo de tecnología, incrementar las fuentes de trabajo y lograr mayor participación de inversión, tanto nacional, como extranjera.
De esta manera, el apoyo a estas empresas por parte del gobierno mexicano consiste en brindar estímulos para que puedan importar temporalmente de cualquier parte del mundo y sin el pago de los impuestos de importación, impuesto al valor agregado y, en su caso, cuotas compensatorias según corresponda, las materias primas, maquinaria y equipo con las características necesarias para la fabricación de sus productos de exportación, permitiendo así el incremento y fortalecimiento de la actividad exportadora, la cual es uno de los motores de la economía nacional.
Gracias a la desregulación y descentralización administrativa, actualmente proporcionamos servicios acordes a la necesidad y exigencias que las empresas que actúan en el comercio internacional requieren.
Asimismo, utilizando como herramienta el Sistema Integral de Comercio Exterior (SICEX) el dictamen de los trámites a nivel nacional es confiable y ágil.
·        DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS
El programa de devolución de impuestos de importación es el más antiguo de los programas de fomento a las exportaciones. Desde 1985 los exportadores mexicanos gozan del beneficio de la devolución del impuesto general de importación, mediante el mecanismo conocido a nivel internacional como drawback, mismo que les ha permitido elevar su competitividad.
·        EMPRESAS ALTAMENTE EXPORTADORAS (ALTEX)
Con la finalidad de incrementar la actividad exportadora de las empresas productoras establecidas en el país, el Gobierno Federal ha establecido diversos programas de apoyo a las exportaciones en materia fiscal y administrativa.
El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX), que fue establecido en 1990, ha sido un instrumento eficaz en la eliminación de obstáculos administrativos a favor del sector industrial, lo cual ha beneficiado no sólo en la simplificación de trámites, sino en mayor liquidez para este sector de la economía mexicana.
Derivado de la concertación entre la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que es considerado como uno de los logros más importantes para este programa, es que las empresas ALTEX obtienen la devolución de saldos a favor del IVA por concepto de exportaciones en un plazo aproximado de 5 días hábiles. Adicionalmente, este programa ofrece otros beneficios, dentro de los cuales se encuentra el acceso gratuito al Sistema de Información Comercial administrado por esta Secretaría.
·        EMPRESAS DE COMERCIO EXTERIOR
Con la finalidad de apoyar a las medianas y pequeñas empresas en materia de comercio exterior, el Gobierno Federal ha establecido una serie de programas e instrumentos que apoyen a las exportaciones.
Uno de estos instrumentos es el de las Empresas de Comercio Exterior, mediante el cual se ha impulsado la comercialización de mercancías mexicanas en los mercados internacionales, así como la identificación y promoción de éstas con el fin de incrementar su demanda y así mejorar las condiciones de competencia internacional para las mercancías nacionales.
La constancia de exportación es el documento que comprueba la legalidad de la transferencia de mercancías entre los proveedores nacionales y las empresas que cuentan con un programa de industria maquiladora de exportación o un programa PITEX o son empresas de comercio exterior (ECEX). Dicha transferencia se considera una exportación y, por tanto, el comprador adquiere un bien en importación temporal y el proveedor lo exporta indirectamente. El marco legal en donde se ampara es el siguiente:
Ley Aduanera y su Reglamento;
Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento;
Reglas fiscales de carácter general en materia de comercio exterior;
Decreto que Establece los Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación;
Decreto que Establece la Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores;
Decreto para el Establecimiento de Empresas de Comercio Exterior; y,
Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación.
Los beneficiarios de este mecanismo son las empresas que puedan convertirse en proveedores nacionales de mercancías que serán exportadas directa o indirectamente por las empresas que cuenten con programas de maquila, PITEX o ECEX. Es importante señalar que los proveedores nacionales pueden a su vez contar con un programa PITEX o de maquila, o bien ser proveedores de mercancías 100% nacionales o de aquéllas que fueron importadas de forma definitiva.
La constancia substituye en un solo documento el pedido de exportación "virtual" y el pedido de importación temporal "virtual"; es un documento que se emite entre particulares y no requiere de certificación oficial alguna, por lo que no es necesario contratar a un agente de aduanas o contar con un apoderado para la elaboración de los pedidos "virtuales", ni acudir ante la aduana para presentar documento alguno. Además de las facilidades administrativas antes mencionadas, la constancia otorgada supone los siguientes beneficios:
Aplicación de la tasa del 0% del IVA en las ventas de mercancías entre nacionales que se destinen a la exportación;
Cumplimiento con el compromiso de retornar las mercancías importadas temporalmente al extranjero;
Comprobación que determinadas proporciones de sus ventas totales se destinaron a la exportación, para lo cual en el informe anual de operaciones de comercio exterior se deberá adjuntar una relación de las constancias de exportación recibidas durante el año calendario;
Recuperación de los impuestos de importación pagados por mercancías que tuvieran como destino final la exportación, ya sea transformados ya en el mismo estado, siempre y cuando se cumpla con el Decreto que Establece la Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 1995; y,
Incorporación de la pequeña y mediana empresa industrial en la cadena productiva de exportación.
Los exportadores directos o indirectos que expidan una constancia de exportación deberán contar con un registro vigente de PITEX, maquila de exportación o ECEX y registrar previamente al proveedor nacional ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (Secofi).
Analicemos cada programa con mas profundidad:
·        Programa para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de servicios de Exportación (IMMEX)
La Secretaría de Economía publicó el 1 de noviembre de 2006 el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de servicios de Exportación (Decreto IMMEX), el cual se enmarca en la política de facilitación comercial instrumentada por la Secretaría de Economía, para fortalecer la competitividad del sector exportador mexicano.

·        EMPRESAS DE COMERCIO EXTERIOR (ECEX)
El registro de Empresas de Comercio Exterior (ECEX) es un instrumento de promoción a las exportaciones, mediante el cual las empresas comercializadoras pueden entrar a mercados internacionales con facilidades administrativas y apoyos financieros de la banca de desarrollo.

PROCESO DEL DESPACHO ADUANAL



Aduana
Servicios administrativos responsables de aplicar la legislación aduanera y de recaudar los derechos e impuestos que se aplican a la importación, a la exportación, al movimiento o al almacenaje de mercancías, y encargados asimismo de la aplicación de otras leyes y reglamentos relativos a esas operaciones
Proceso del despacho aduanal
Se entiende por despacho el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales

Normatividad jurídica  de la operación aduanal
Las operaciones aduaneras tienen como objeto modificar el régimen aduanero a que se encuentran sometidas las mercancías sobre las que ellas versan. Mientras los efectos producidos en el exterior están sujetos a prohibición de entrada hasta tanto no se hayan verificado los trámites aduaneros respectivos y satisfechas las exacciones establecidas en la ley, los bienes producidos en un determinado territorio no pueden abandonarlo sin el previo cumplimiento de las formalidades exigibles para la exportación. Así, podemos decir que todo sistema aduanero se basa en dos grandes restricciones a derechos constitucionales: el de propiedad y el que tienen los ciudadanos de traer y sacar sus bienes al país.

Con la realización de los trámites inherentes a la operación de que se trate, la prohibición queda eliminada y legalizada la salida, la entrada y la permanencia de las mercaderías en un territorio aduanero. Esto nos lleva a imaginar al servicio aduanero como una gran muralla que rodea a un territorio y por cuyas puertas (aduanas) están exclusivamente permitidas la entrada y salida de bienes; todo ingreso o egreso realizado por lugares distintos es ilegal y activa el derecho del Estado a imponer sanciones, mientras que sobre las mercaderías sigue pesando la prohibición in comento y pueden ser perseguidas y aprehendidas.

Sea cual fuese, toda operación aduanera se verifica en el territorio nacional, es decir, en el espacio dentro del cual el Estado ejerce su poder de imperio. El transporte marítimo, aéreo o terrestre no forma parte de esta operación, no sólo por cuanto se verifica en buena parte en otros lugares del mundo ajenos al poder soberano del Estado, si no, además, porque no toda movilización de efectos culmina con la modificación del estatus aduanero de las mercancías, tal como sucede con las destinadas a régimen in bond, con las faltantes en descarga, con las reexportadas, etc.
El proceso de reforma de la situación aduanera de las mercancías de extranjeras a nacionalizadas o viceversa, se inicia con la manifestación de voluntad de su propietario aduanero de obtener tal cosa, en otras palabras, con la declaración de las mercancías y culmina con el desaduanamiento, es decir, con el retiro del cargamento de la zona primaria y con la consiguiente recuperación del pleno goce del derecho de propiedad hasta ese momento restringido. Entre esos dos hitos temporales, las mercancías y las declaraciones referentes a ellas son escrutadas para determinar el régimen legal a que se encuentran sometidas estás últimas, la cuantía de los derechos que debe pagar su propietario aduanero y la satisfacción de todos los requisitos establecidos por la legislación.
El tránsito aduanero, al igual que sus dos compañeras de trilogía, logra la suspensión de la prohibición de ingreso y salida, pero con una diferencia fundamental: la temporalidad, o sea, que dicha suspensión está limitada al transcurso del lapso que estima suficiente la autoridad aduanera para cumplir el recorrido entre los puntos inicio y culminación.
Las operaciones aduaneras tienen su mayor similitud en doble condición de voluntarias y legales. Lo primero, por cuanto nadie está obligado a realizarlas y, lo segundo, en virtud de que ellas nacen de la ley, se deben realizar conforme a ella y las acciones u omisiones ilícitas en la cuales se incurra durante su realización, por ella son castigadas.

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